jueves, 2 de mayo de 2013

EL AYUNTAMIENTO DE CASTILLEJA DE LA CUESTA ES CONDENADO POR IMCUMPLIR SUS ORDENAZAS MUNICIPALES Y ACTUAR DE MODO DISCRIMINATORIO ENTRE SUS VECINOS


Los Juzgados de Sevilla han declarado la nulidad de la decisión del Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta de denegar la petición de un vecino que, tras solicitar y obtener la licencia de vado de aparcamiento en su vivienda, requirió que se le pintara, o se le autorizase para hacerlo él mismo, la franja amarilla delimitadora de la prohibición de aparcar en el bordillo de la acera.

Según informa a nuestro periódico Manuel Sillero (msillero@icasevilla.org), Letrado que ha dirigido la reclamación judicial, el Ayuntamiento se negó a dicha petición pese a que en sus Ordenanzas Municipales se recoge claramente su obligación, sin excepción alguna posible.

La Sentencia dictada recrimina al Ayuntamiento su actitud, señalando que “no puede denegar a su antojo lo que él mismo ha establecido como una obligación” y valorando como “insólito” el informe policial que consideraba que no era necesaria la señalización y proponía “no acceder a lo solicitado.

Igualmente, el Juez reprende severamente la actitud del Ayuntamiento, que actúa al margen de sus propias Ordenanzas, manifestando que “El Ayuntamiento no es que pueda conceder o no lo solicitado, sino que debe ser el primero en hacer cumplir sus propias normas”, al tiempo que otorga un trato “claramente discriminatorio” entre sus vecinos, lo que está prohibido por nuestra Constitución.

Así mismo, el Juez castiga la actitud del Ayuntamiento, que ni siquiera se ha personado en el procedimiento judicial, sancionándolo con la expresa condena en costas.

Se da la circunstancia de que, como podemos apreciar paseando por nuestras calles, son muchas las licencias de vados que no tienen delimitada la prohibición de aparcar por pintura amarilla en el bordillo del acerado lo que, como se ha sentenciado, es un claro incumplimiento de las obligaciones del Ayuntamiento, al tiempo que, dado que a algunos vecinos si se les ha pintado y a otros no, se actúa de modo discriminatorio, vulnerando no sólo las Ordenanzas Municipales sino también la mismísima Constitución Española.

Tras ésta Sentencia, debiera el Ayuntamiento proceder a regularizar la situación de todos los vados del municipio, teniendo sus vecinos, en caso contrario, derecho a exigir que se cumplan las Ordenanzas y les sea pintada la delimitación del aparcamiento, al igual que ellos cumplen escrupulosamente con la obligación del pago del vado y demás impuestos y tasas municipales.

Y es que para el Ayuntamiento de Castilleja, una cosa es exigir el pago del vado y otra cumplir con las obligaciones municipales, o dicho coloquial mente, “una cosa es predicar, y otra es dar trigo”.

Manuel Sillero Onorato
Abogado (msillero@icasevilla.org)

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